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Descarga Bases de participación y/o Guía para la creación de un anteproyecto en formato pdf.


Bases para la presentación de proyectos

a. Quién puede participar:

Cualquier persona  (física o jurídica) que considere proponer su idea de proyecto enfocada a solucionar o mejorar algún aspecto relativo a la calidad de vida de las personas   a partir de la reutilización de los datos publicados por instituciones (ayuntamientos, gobiernos autónomos, gobierno central…) y entidades  en formatos abiertos y reutilizables.

También serán de aceptación todos aquellos proyectos que, no tendiendo como base la utilización de los datos publicados por el ayuntamiento, constituyan una innovación no contemplada en los datos publicados anteriormente citados y cumplan con el objetivo y requisitos de Fem Ciutat Vella.

b. Condiciones de participación.

b.1. En el caso de personas físicas, deberán ser mayores de edad.

Las personas jurídicas y asociaciones  deben acreditar la participación de una persona física que los represente (escrito de acreditación expedido por el órgano de dirección de la empresa que corresponda).

b.2. La inscripción es de obligado cumplimiento y se hará efectiva a través del formulario disponible en la web del proyecto.

Las personas inscritas al evento se identificarán como creadoras del proyecto que presentan.

b.3. Fem Ciutat Vella garantiza el uso adecuado del proyecto conforme al objetivo indicado comunicando al creador el destino del mismo.

c. Obligaciones y responsabilidades generales del participante.

c.1.  La presentación de un proyecto implica la aceptación, sin reserva alguna, de las bases de participación.

Asimismo, los participantes aceptan la política de privacidad y protección de datos de Fem Ciutat Vella, puesta a su disposición en la propia web.

c.2. Los participantes se obligan expresamente a garantizar la exactitud y veracidad de los datos que faciliten, ya sea en el formulario de contacto o en cualquier otro tipo de documentación que les sea requerida por la organización.

La falsedad de cualquier tipo de dato, o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados en las presentes bases, será causa suficiente para el rechazo del proyecto presentado.

d. Obligaciones de Fem Ciutat Vella.

d.1. Fem Ciutat Vella se compromete a valorar debidamente los proyectos presentados, así como a informar a los participantes, por los cauces que se determinen, de la valoración de los mismos.

d.2. No obstante lo anterior, en caso de que la organización estime una evidente falta de calidad en los proyectos presentados, podrá declarar no presentable o  dar las correspondientes instrucciones para la adecuación del proyecto.

e. Criterios de valoración, selección y exclusión.

Los criterios de valoración, selección y exclusión de los proyectos son los que se exponen a continuación:

e.1. Calidad o relevancia del proyecto.

e.2. El potencial de mejora de la calidad de vida que para la sociedad en general y para el área en particular  suponga.

e.3. La puesta en marcha y ejecución del proyecto

e.4. Impacto económico. Se requiere que el proyecto vaya acompañado del informe económico correspondiente, si fuera necesario, para el estudio de su viabilidad.

Fem Ciutat Vella se reserva el derecho a excluir a aquellos proyectos que incurran en el incumplimiento de alguno de los requisitos expresados en las presentes bases.

f. Derechos de la propiedad intelectual.

f.1. Protección de la propiedad intelectual

▪ Todo proyecto deberá contemplar que el uso de los datos e información contenidos en el mismos no suponga una vulneración de la propiedad intelectual, industrial o de derechos de cualquier tipo de terceros.

f.2. Titularidad de los proyectos presentados

▪ La titularidad de cada uno de los proyectos presentados corresponde a las personas o entidad jurídica declaradas como autores en el formulario de contacto cumplimentado, salvo que por renuncia expresa ceda la titularidad del proyecto a Fem Ciutat Vella y siempre que ésta acepte dicha cesión.

f.3. Publicidad y difusión de los proyectos.

▪ Los participantes declaran conocer y aceptar el hecho de que Fem Ciutat Vella  podrá difundir información sobre las ideas presentadas en la web, así como a través de otros medios que se consideren oportunos para dar a conocer su  iniciativa.

▪ Los participantes podrán acotar aquella información que desean que no sea difundida por ninguno de los medios anteriormente enumerados. La comunicación de dichas restricciones se deberá hacer previamente al envío del proyecto.

▪ No obstante lo anterior, los participantes conservarán intacta la autoría y/o titularidad de los proyectos  presentados, sin que quepa entender en ningún caso que su publicación y/o difusión por parte de la organización implique renuncia, cesión y/o transmisión de sus derechos.


ANTEPROYECTO

Es la forma preliminar de un proyecto para la revisión y autorización, que una vez sea autorizado, adopta el carácter de proyecto. Para realizar un anteproyecto se deben tener en cuenta los siguientes pasos:

TITULO: nombre o denominación que se da al proyecto.

ANTECEDENTES: descripción de la forma en que está o viene funcionando el asunto objeto de estudio en el área elegida para la aplicación del proyecto. Se recogen  todos los antecedentes que ha tenido el asunto objeto de estudio antes de su investigación.

DEFINICIÓN DEL PROBLEMA: se trata de analizar y establecer la idea (tema/problema a tratar) de manera clara, el nivel de profundidad, el periodo y centrarse en el tema objeto de estudio o investigación, para evitar desviarse al tratar un tema un amplio.

JUSTIFICACIÓN: fundamentación de las razones del por qué es importante y trascendente la realización del proyecto, destacando los beneficios que se obtendrán al ser solucionado el problema.

OBJETIVOS: dejar claramente establecido que es lo que se pretende  lograr o que es lo que se va a obtener con el desarrollo del proyecto. Si el objetivo del proyecto es muy general conviene entonces dividirlo en objetivos específicos.

ALCANCES Y LIMITACIONES: el alcance define el área a o lugar en concreto donde se aplicara el proyecto, mientras que la limitación define dentro de ese lugar, la función específica de la actividad a realizar.

PROCEDIMIENTO: es la forma como vamos a realizar las actividades a seguir de acuerdo al objetivo ya descrito, en otras palabras, son la serie de pasos o la secuencia lógica de actividades para el  logro  del cometido (objetivos).

DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES: presenta una explicación global de las actividades seleccionadas en el procedimiento.

CRONOGRAMA: Consiste en delimitar el tiempo que comprenderá cada una de las actividades para el desarrollo del proyecto, así como la de la fecha aproximada en que concluirá.

PRESUPUESTO: Es el cálculo aproximado del coste que requieran los recursos implicados en el proyecto, haciendo referencia de quien  aportara el costo del mismo.

BIBLIOGRAFIA: Determinación de las fuentes  consultadas para el desarrollo del proyecto: libros, artículos  de revistas etc. Mejor cuanto más actualizadas.

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